LOS DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS EN LA HISTORIA
Fuentes:
En 1968 se llev贸 a cabo la Conferencia sobre los Derechos Humanos de Teher谩n, donde se incluy贸 el derecho de las parejas para decidir libremente y bajo su responsabilidad el n煤mero y espaciamiento de los hijos. Participaron 84 Estados y representantes u observadores de diversos 贸rganos y organismos especializados de las Naciones Unidas, organizaciones regionales intergubernamentales y organizaciones no gubernamentales.
La Conferencia Internacional sobre la Poblaci贸n y el Desarrollo (CIPD)3, se celebr贸 bajo los auspicios de las Naciones Unidas, en El Cairo, Egipto, del 5 al 13 de septiembre de 1994; por primera vez, los derechos sexuales y reproductivos de la mujer se convirtieron en el elemento central del acuerdo internacional sobre poblaci贸n y desarrollo. All铆, en la Conferencia Internacional sobre la Poblaci贸n y el Desarrollo (CIPD), distintas opiniones sobre los derechos humanos, la poblaci贸n, la salud sexual y reproductiva, la igualdad entre los g茅neros y el desarrollo sostenible se fundieron en un importante consenso a escala mundial, que situ贸 la dignidad individual y los derechos humanos, incluido el derecho a planificar la propia familia, en el centro del desarrollo.
Informe del CIPD - P谩rrafo 7.3:
7.3 Teniendo en cuanta la definici贸n que antecede, los derechos reproductivos abarcan ciertos derechos humanos que ya est谩n reconocidos en las leyes nacionales, en los documentos internacionales sobre derechos humanos y en otros documentos pertinentes de las Naciones Unidas aprobados por consenso. Esos derechos se basan en el reconocimiento del derecho b谩sico de todas las parejas e individuos a decir libre y responsablemente el n煤mero de hijos, el espaciamiento de los nacimientos y el intervalo entre estos y a disponer de la informaci贸n y de los medios para ello y el derecho a alcanzar el nivel m谩s elevado de salud sexual y reproductiva. Tambi茅n incluye su derecho a adoptar decisiones relativas a la reproducci贸n sin sufrir discriminaci贸n, coacciones ni violencia, de conformidad con lo establecido en los documentos de derechos humanos. En ejercicio de este derecho, las parejas y de derechos humanos. En ejercicio de este derecho, las parejas y los individuos deben tener en cuenta las necesidades de sus hijos nacidos y futuros y sus obligaciones (...).
Considero que, desde la historia, hemos tomado cartas en el asunto sobre los derechos sexuales y reproductivos de las personas. Agradezco la informaci贸n mencionada, ya que me hace acreedor y conocedor de mis derechos, al igual que los consensos, acuerdos y acciones que las organizaciones responsables del tema realizan por el bienestar y libertad de la persona. Siendo estas conferencias del siglo pasado, ya me imagino en la actualidad la evoluci贸n y el enfoque m谩s avanzado que le damos. Hablando del Per煤, tenemos organizaciones como el UNFPA, quien es el organismo de las Naciones Unidas que trabaja por los derechos y la libertad de decisi贸n de todas las personas, sobre todo de la relacionada con sus derechos sexuales y reproductivos. Es por ello que, los invito a leer lo siguiente a trav茅s de este link: https://peru.unfpa.org/es/temas/salud-sexual-y-reproductiva-5
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